Centros Integrados de formación profesional
Según se establece en el artículo 3º del Decreto 80/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón en el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros Públicos Integrados de Formación Profesional dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
Artículo 3. Definición de Centro Integrado de Formación Profesional.
1. Son Centros Integrados de Formación Profesional aquellos que, cumpliendo los requisitos establecidos en el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, y en el presente Reglamento orgánico, impartan todas las ofertas formativas referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que conduzcan a la obtención de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad, además de otras enseñanzas no vinculadas a cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que sean relevantes para la Comunidad.
2. Estos centros incluirán en sus acciones formativas las enseñanzas propias de la formación profesional del sistema educativo, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores y las de formación permanente dirigida a la población trabajadora ocupada. Además, incorporarán servicios de atención al público en materia de apoyo a emprendedores, de información y orientación profesional, y de evaluación de las competencias profesionales adquiridas a través de otros aprendizajes no formales y de la experiencia laboral.
3. Los centros regulados por este Reglamento orgánico tendrán la denominación genérica de “Centro Público Integrado de Formación Profesional” (CPIFP) y la específica que apruebe el Departamento competente, a propuesta de cada Consejo Social, en su caso.
4. Todos los Centros Públicos Integrados de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón tendrán una imagen corporativa común y única, que identificará la pertenencia del centro a la Red de Centros Públicos de Formación Profesional de Aragón.
Nota.- Para mayor información puede consultar: Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros Integrados de Formación Profesional; Decreto 80/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros Públicos Integrados de Formación Profesional dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte Decreto 190/2009, por el que se regulan los Centros Integrados de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Aragón; Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de la formación para el empleo; Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007.Orden ECD/857/2016, de 26 de julio, por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Centros Públicos Integrados de Formación Profesional.